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A CRÉDITO Operación Mercantil caracterizada por la enajenación actual de la propiedad de una cosa del acreedor al
deudor.
A CONTRARIO SENSU Locución latina el cual significa “en sentido contrario”. Se emplea como argumento cuando se
deduce una consecuencia opuesta a lo afirmado o negado en una premisa dada.
A CUENTA Pago parcial de una deuda a efectos de que sea imputado a su pago definitivo.
A LIMINE Se emplea para expresar el rechazo de una demanda o recurso cuando ni siquiera se admite discusión, por no
ajustarse a Derecho.
A MAIORI AD MINUS Argumento de mayor a menor
A NON DOMINO Expresión latina. Por parte de quien no es propietario. Se aplica a la transferencia de un bien mueble o
inmueble, hecha por quien no es su dueño.
A QUO Se designa así al juez inferior cuya resolución es recurrida ante el tribunal superior. Se emplea también para
designar el momento a partir del cual pueden producirse ciertos efectos jurídicos.
AB INTESTATO Procedimiento judicial para la adjudicación del haber hereditario de una persona fallecida sin testar.
Conjunto de bienes y derechos pertenecientes al que ha fallecido sin dejar hecha disposición testamentaria.
AB IRATO Locución latina y castellana. Arrebatadamente, a impulsos de la ira, sin reflexión. Es usada frecuentemente en
términos forenses para expresar el estado anímico de una persona en causada en un proceso, especialmente en los juicios
criminales.
ABANDONAR Dejar voluntariamente un bien, una cosa; renunciar a ellos.
ABANDONO En general significa la renuncia de un derecho o el incumplimiento de un deber. / Implica acción de dejar o
desamparar, dimitir o renunciar a la persona o cosas. Es la antítesis de la ocupación.
ABANDONO DE FAMILIA Es la dejación o desamparo de uno, varios o todos los miembros de una familia por parte del
obligado y sostenimiento, ya en razón de vínculo de naturaleza, como el Padre o ascendiente o por disposición de la ley,
como el tutor.
ABANDONO DEL PROCESO Es el aniquilamiento o muerte de esta por la inacción en el proceso durante el tiempo
marcado por la ley.
ABANDONO DE TRABAJO En la compleja intensidad de la vida laboral moderna, es frecuente el caso de que los
trabajadores dejen el trabajo a veces de manera transitoria y a veces de manera definitiva, ya de forma colectiva o de
forma individual, bien con finalidades reivindicatorias de tipo gremial o por razones de disconformidad con el empleador.
ABDICACIÓN Significa etimológicamente la acción y el efecto de abdicar, la de ceder o renunciar a la soberanía de un
pueblo o a otras dignidades o empleos
ABDUCCIÓN Rapto de un individuo, cualquiera sea el medio, fraude, violencia o persuasión, que se emplee para
efectuarlo.
ABIGEATO Robo de ganado o bestias de cualquier clase.
ABJURACIÓN Quiere decir contra juramento. Acción y efecto de abjurar. Es la retractación que hace una persona, con
toda solemnidad y bajo juramento, del error en que estuvo anteriormente profesando cierta creencia o siendo partidaria
de una doctrina religiosa.
ABOGADO Persona que de conformidad con las exigencias académicas y legales, han obtenido un título que las habilita
para defender la justicia, los derechos de la sociedad y de los particulares, asesorar, patrocinar y asistir a las personas en
la ordenación y desenvolvimiento de sus relaciones jurídicas.
ABOGADO DE OFICIO  Se denomina así al abogado designado por el Colegio de Abogados para la defensa de personas
con derecho, declarado provisionalmente o con carácter definitivo, a la asistencia jurídica gratuita, en cualquiera de los
ámbitos procesales, o, también al designado por dicho Colegio, en el ámbito del proceso penal, para la defensa de todos
los imputados, que, aún teniendo medios económicos suficientes, no han querido designar uno de su libre elección para
su defensa.
ABOGADO DEL ESTADO  Un Abogado del Estado es el profesional que se encarga de prestar asistencia jurídica al
Estado y a sus correspondientes organismos autónomos. Además, llevan a cabo la representación y defensa de los
órganos constitucionales, cuyas normas internas no establecen un régimen especial propio.
ABOGADO DEFENSOR En la parte Civil y en general, el que toma a su cargo los interese de una de la partes frente a la
otra. En lo penal, el encargado de actuar en nombre de una persona.
ABOGADO FISCAL Aunque sea abogado por ser jurista en Derecho, su función veladora del interés público hace que se
lo conozca más por la abreviación de fiscal o como ministerio fiscal o público.
ABOLIR Anular una ley. Derogar un precepto, costumbre, etc.
ABSOLUCION: Sentencia de un Juez o de un Tribunal que declara inocente a un acusado.
ACCIDENTE Hecho involuntario o acontecimiento fortuito que causa daño a una persona o cosa.
ACCIDENTE DE TRABAJO Se entiende todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y
que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también
accidente de trabajo, aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una
labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Los accidentes de trabajo suponen para el patrón o
empleador una responsabilidad independiente de toda culpa de su parte, que se resuelve en una indemnización tarifada.
ACCIÓN DE NULIDAD La acción tiene por finalidad pedir al juez competente la declaración de nulidad de un acto o
contrato.
ACREEDOR Es aquella que tiene derecho a exigir alguna cosa o servicio, especialmente el pago de una deuda o el
cumplimiento de una obligación.
ACUERDO Resolución que dicta el Juez
ACTUARIO Secretario del Juez encargado de realizar cuantas diligencias le encomiende éste.
ACTA Documento en el que se hace constar determinado acto judicial.
ACTO JURÍDICO Manifestaciones de una o más voluntades que tengan por finalidad producir un efecto de derecho.
Clasificación de los actos jurídicos con respecto a su contenido.
ACTO DE CONCILIACION Acto que se realiza ante la autoridad judicial mediante comparecencia de las partes con el fin
llegar a un acuerdo para evitar un litigio o pleito. 
AD HOC Se emplea comúnmente en las designaciones de funcionarios para casos distintos de su tarea específica. / Se
utiliza para significar que una cosa es adecuada para un objeto o fin determinados.
AD HUC SUB IUDICE LIS EST Se refiere aquellos litigios en los que, a pesar de encontrarse en condiciones para ello,
todavía no ha habido pronunciamiento judicial.
AD LITEM Locución Latina que se usa para significar que un poder, facultado o autorización, se otorga con los solos fines
del juicio. Así, dijese procurador, fiscal, curador, defensor, juez.
AD NUTUM Locución Latina y castellana .A placer, a capricho, a voluntad. Alude al hecho de que en un contrato puede
producirse una revocación de carácter unilateral.
AD PROBATIONEM Locución Latina jurídicamente significa que la formalidad exigida por la ley para constitución de un
acto jurídico tiene como finalidad esencial la prueba de dicho acto. La carencia de formalidad requerida no invalida el acto,
por ser subsanable la omisión posteriormente.
ADULTERIO Relación sexual entre hombre y mujer, cuando uno de ellos se encuentra unido en matrimonio con otra
persona.
ADVERAR Autenticar .Dar por cierto un documento.Autenticar .Dar por cierto un documento.
AFIANZAR Obligarse a cumplir la obligación de otro para el caso de que éste no cumpla.
AFINIDAD Parentesco que por matrimonio se adquiere entre el varón y los parientes consanguíneos de la mujer, y entre
ésta y los parientes consanguíneos de aquél.
AFORADO Persona que goza de fuero rigiéndose por reglas jurídicas especiales.
AGRAVIADO Toda persona que sufre una lesión jurídica.
AGRAVIO La lesión o perjuicio que recibe una persona en sus derechos o intereses en virtud de una resolución judicial.
ALEGATOS Razonamientos con que los abogados de las partes en litigio pretenden convencer a los jueces de la razón
que les asiste, pudiendo ser orales o por escrito. La exposición razonada, verbal o escrita que hace el abogado para
demostrar, conforme a derecho, que la Justicia asiste a su cliente.
ALEVOSIA Cautela empleada para asegurar la comisión de un delito, sin riesgo para el delincuente; empleando medios,
modos o formas en la ejecución que vayan dirigidos a asegurarla. Es circunstancia agravante de la responsabilidad
criminal
ALLANARSE Conformarse con una resolución o con la pretensión del colitigante.
AMPARO Juicio o recurso que se interpone ante un Tribunal Federal para que se reconsidere o se deje sin efecto un
acuerdo o una sentencia dictados por una autoridad cuando se considera que se han violado derechos o garantías
individuales.
ANOTACION PREVENTIVA Anotación provisional que se hace en el Registro de la Propiedad, o en cualquier otro
registro público, cuando no puede ser inscrito definitivamente, para asegurar el cumplimiento de resoluciones judiciales
con la eficacia de cualquier derecho real.
APELACIÓN Recurso planteado ante una jurisdicción superior, para obtener la revocación total o parcial de una decisión
de la jurisdicción inferior.
APODERADO JUDICIAL Es el mandatario con poder bastante para representar en juicio ante los Tribunales a su
mandante.
APOLOGÍA DE DELITO Elogio o alabanza de un delito.
APREMIO Mandamiento de autoridad en virtud del cual se obliga a una persona a que haga o cumpla una cosa.
APUD ACTA Actuaciones judiciales que se hacen constar por acta unida al procedimiento de que se trate. (un ejemplo
muy frecuente será el apoderamiento de procurador mediante comparecencia del interesado ante el secretario judicial).
ARANCEL Conjunto de disposiciones para regular el monto de los honorarios por ciertos servicios profesionales. La tarifa
legalmente aprobada que determina los honorarios que tienen derecho de cobrar determinadas personas como los
abogados, peritos y profesionistas en general.
ARBITRAJE Forma de arreglar un conflicto cuando las dos partes en pugna consienten en someterse a la decisión de una
tercera persona ajena a tal conflicto.
ARCHIVO JUDICIAL El lugar donde se conservan los expedientes que han concluido o han dejado de tramitarse.
ARRESTO Detención de un presunto culpable por las autoridades judiciales o administrativas.
ASALARIADO Persona que realiza un trabajo personal por cuenta y bajo dependencia ajenas, recibiendo una retribución
de la persona a cuyo servicio actúa. Esa retribución puede ser tanto en dinero como en especie.
AUDIENCIA Acto en que un Juez o un Tribunal escucha al acusado o a los litigantes.
AUTORIDAD DE COSA JUZGADA  Se dice de aquella cuestión o litigio que ha sido resuelta definitivamente, sin
posibilidad de recursos ni de nuevo planteamiento.
AUTOS Conjunto de las diferentes piezas de que la causa o pleito se compone.
AVENENCIA Conformidad entre  partes sobre un punto litigioso. Conclusión de acto de conciliación con acuerdo entre
las partes.